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¿Por qué las patronales rechazan la Ley de Teletrabajo?

¿Por qué las patronales rechazan la Ley de Teletrabajo?

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Escribe Cata Flexer

En el número anterior de 1917 realizamos un análisis pormenorizado de la Ley de Teletrabajo, llegando a la conclusión de que la misma no era una normativa que defendiera al trabajador, sino que constituía una iniciativa más entre las tantas bajo las que el gobierno espera desarrollar una reforma laboral encubierta, luego del fracaso del macrismo en aprobar una reforma laboral “ómnibus” en 2018.

Sin embargo, no podemos descartar tan fácilmente la ola de críticas desde sectores patronales a la aprobación de la ley, antes y después de su tratamiento en el Congreso. La más resonante en los últimos días fue la diátriba de Mario Pergolini al programa radial Maldición, va a ser un día hermoso. Las declaraciones del conductor fueron rápidamente respondidas por varios funcionarios y la burocracia sindical. Si leemos más atentamente el repudio de los funcionarios, se trata no de una defensa de los derechos laborales: «Yo creo que no la leyó», dijo el Ministro de Trabajo, Claudio Moroni. También la burocracia sindical ha salido en defensa de la ley. 

Pergolini se queja “Contratás a alguien como teletrabajo y hay que contratarlo en relación de dependencia. Una persona que podría haber tenido dos, tres trabajos, cortos, sencillos, con nuevas metodologías de trabajo, los llevamos a como teníamos las metodologías de trabajo en los 60, en los 70, que todavía no ha cambiado”. Mariano Recalde, senador k, le respondió: “Esto de que alguien que era freelance ahora va a pasar a relación de dependencia a partir de esta ley no es así, como tampoco se puede dejar de contratar a alguien freelance». «La ley es bastante inocua, mejora en muchos aspectos pero en nada complica u obstruye a los empleadores». (Perfil, 07/08)

“Esto lo que tiene de bueno es que podés reducir lugares, que podés dar trabajo con menos costo, bueno si la persona que de golpe dice: ‘No, ahora quiero que me des un lugar físico de trabajo’. Y se puede dar por despedido, y como es un trabajador pleno… todas las ventajas de tenerlo en un teletrabajo se perdió”, dice Pergolini. La Confederación Sindical de Trabajadores de los Medios de Comunicación Social (Cositmecos) respondió: «La ley plantea el derecho a volver a trabajar de forma presencial a quien fuera contratado, en primer lugar, para trabajar en forma presencial y que luego fuera cambiada su modalidad» (Página 12, 08/08). En cambio, no puede “volver” a la presencialidad quien fuera contratado directamente bajo modalidad a distancia. En cierta manera, este artículo podría considerarse de transición, porque, justamente, aplica solamente a los trabajadores que fueron primero contratados para posiciones presenciales, pero a medida que pase el tiempo y las empresas empiecen a contratar trabajadores que desde el inicio sean teletrabajadores, no hay reversibilidad posible, por lo que no es necesario tener espacio para ningún trabajador nuevo.

El reclamo del empresario-conductor (actualmente vice-presidente de Boca) expone de manera grotezca la demanda de las patronales. La necesidad de mentir sobre cuáles son las limitaciones que le ven a la ley exponen lo que no se animan a decir: lo que esperan, en realidad, es una flexibilización aún mayor de las condiciones de trabajo, cuando no la legalización absoluta del negreo. El problema de Pergolini no es que no pueda contratar trabajadores freelance (la ley lo habilita), sino que tenga que pagarles aportes sociales. Las patronales que patalean contra la reversibilidad porque no podrían contratar trabajadores de cualquier parte del país a riesgo de que éstos pidan un lugar físico para ejercer sus tareas (falso) sino que esperan que los teletrabajadores directamente queden por fuera de la regulación del estado. 

Finalmente, la Ley de Teletrabajo establece que su aplicación se discutirá en cada convenio colectivo de trabajo, y su aplicación será recién a partir de los noventa días de terminado el ASPO por el coronovirus. Ambos puntos implican, por un lado, que los trabajadores comenzaremos la “negociación” por la aplicación en los convenios desde el subsuelo: el teletrabajo se ha impuesto por la emergencia hace ya cuatro meses, y su aplicación comenzó con la derogación de la única legislación que existía en este terreno, la Resolución 1552/12 que garantizaba entre otras cosas la provisión de las herramientas de trabajo al teletrabajador, en favor de las empresas. A su vez, la negociación por rama fragmenta a los trabajadores, y mientras algunos podrán sostener sus demandas con la fuerza de su organización, otros serán facilmente sometidos al destrato patronal. 

El principal beneficiado, mientras tanto, de la nueva regulación, podría no ser otro que el propio Estado, cuyos trabajadores se encuentran haciendo homeoffice desde el inicio del aislamiento sin herramientas, sin compensación por gastos y con paritarias congeladas.

7 respuestas a «¿Por qué las patronales rechazan la Ley de Teletrabajo?»

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